ERP. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el próximo lunes 13 de octubre de 2025 vence el plazo para que los altos funcionarios del Estado que aspiren a participar en las Elecciones Generales 2026 (EG 2026) presenten su renuncia al cargo que desempeñan.
Así lo establece la Resolución N.° 0110-2025-JNE, que precisa también los plazos y procedimientos para las licencias sin goce de haber aplicables a otros funcionarios y trabajadores públicos que deseen postular.
Según la norma, el requisito de renuncia alcanza al presidente de la República, ministros, viceministros, y otros funcionarios señalados en el artículo 91 de la Constitución Política y en los artículos 107 y 113 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
En el caso del presidente, la renuncia debe presentarse ante el Congreso de la República; mientras que los demás altos funcionarios deben hacerlo ante la entidad correspondiente.
Gobernadores, vicegobernadores y alcaldes
El 13 de octubre también es la fecha límite para que gobernadores, vicegobernadores regionales y alcaldes que tengan aspiraciones electorales presenten su renuncia.
Asimismo, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que deseen participar en las EG 2026 deberán pasar a la situación de retiro a más tardar en esa misma fecha.
En el caso de los gobernadores regionales, la renuncia se presenta ante el consejo regional y se comunica al JNE a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV) hasta el 20 de octubre de 2025. Tras ello, el vicegobernador asume el cargo de forma inmediata. Si ambos renuncian, el consejo regional elegirá a quienes los reemplacen.
De manera similar, los alcaldes deben presentar su renuncia ante el concejo municipal y comunicarla al JNE —también hasta el 20 de octubre— mediante la MPV. El alcalde encargado deberá solicitar su credencial respectiva al JNE dentro de los 10 días hábiles posteriores a la aceptación de la renuncia.
Licencias sin goce de haber
La resolución también dispone que los trabajadores y funcionarios públicos que no están obligados a renunciar, pero que deseen postular, deberán solicitar licencias sin goce de haber ante su entidad.
Estas licencias deberán entrar en vigencia a partir del 11 de febrero de 2026, es decir, 60 días antes de la fecha prevista para las Elecciones Generales.