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Jue, Nov

Jurado Electoral Especial de Lima excluye a polémico candidato Rafael López Aliaga

Política
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ERP. Rafael López Aliaga, un polémico personaje que postula a la presidencia de la República tuvo su primer revés en esta contienda y fue excluido por ofrecer donativos en caso de salir elegido. Aunque es probable que el Jurado Nacional de Elecciones declare la nulidad de lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Lima, es lo que está necesitando para seguir escalando posiciones. 

López Aliaga, es el candidato de Renovación Popular, o exSolidaridad Nacional y cuyo líder Luis Castañeda Lossio se encuentra investigado por corrupción; sin embargo, en sus ácidas críticas menciona a todos menos a Castañeda que se encuentra en la misma condición que otros políticos. Locuaz y con un discurso efectivo, es posible que su presencia le reste muchos votos a los grupos de derecha, pese a la debilidad de sus planteamientos. 

Sobre su potencial donación, el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 excluyó al polémico candidato del partido Renovación Popular, Rafael López Aliaga Cazorla, por infracción al Reglamento para la Fiscalización y Procedimiento Sancionador. La decisión de ente electoral es apelable ante el Jurado Nacional de Elecciones que deberá pronunciarse en instancia definitiva, si el personero apela la referida resolución.

Los hechos se refieren al proceso iniciado contra López Aliaga, quien dijo que de llegar a la Presidencia de la República donará su sueldo a las “organizaciones caritativas”. Esa afirmación, se considera como una presunta promesa de dádivas, que está expresamente señalado en el Reglamento de Fiscalización y Procedimiento Sancionador.

Para los especialistas en derecho electoral la resolución no admite mayor análisis y es probable que el Jurado Nacional de Elecciones deje sin efecto la norma, por supuesto en vía de apelación. 

El referido reglamento establece en su artículo 8, que están prohibidos de efectuar de manera directa, o a través de terceros por mandato del candidato y con recursos del candidato, o de la organización política, la entrega de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción, enseres del hogar u otros bienes.

Como consecuencia de la exclusión del candidato presidencial, la resolución declara improcedentes las candidaturas a la primera y segunda vicepresidencia de la fórmula de Renovación Popular.

Diario El Regional de Piura
 

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