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Sáb, Abr

Indecopi precisa que una de sus competencias es garantizar precios informados

Política
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ERP. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno, mediante el Decreto de Urgencia N° 044-2020 que declara estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de los casos de coronavirus (COVID – 19), y ante las declaraciones inexactas realizadas por algunas personas en medios de comunicación, ha precisado su campo de acción. 

Según indican el Indecopi es una entidad administrativa que no tiene facultades legales para regular los precios en el mercado, debido a que en el país no existe el control de precios ni tarifas de ningún producto o servicio, salvo de los servicios públicos que están regulados como telefonía (Osiptel), energía (Osinergmin), agua y servicios de saneamiento (Sunass), infraestructura aeroportuaria, carreteras y puertos (Ositran).

indican que el Indecopi ha solicitado a los principales proveedores de alimentos, servicios de transporte, mercados y supermercados y gremios en general que implementen políticas que aseguren el abastecimiento suficiente en el caso de productos, limites en venta de productos de primera necesidad, así como flexibilidades para reprogramar los servicios de transporte sin penalidades.

Competencias y responsabilidades de IndecopiCompetencias y responsabilidades de Indecopi

Invocan también a los consumidores a comprar de manera razonable para evitar escasez de productos básicos y eventuales incrementos de precios como consecuencia de ello. Específicamente, en cuanto a los servicios de transporte interprovincial, exhortamos a las empresas de transportes a cumplir las medidas del Gobierno y, asimismo, a no aprovechar esta coyuntura para subir precios, demostrando responsabilidad social.

En cuanto a los servicios de educación privada, Indecopi indica que ya se ha precisado que los estudiantes deben recuperar sus clases, en caso no lo hagan los colegios deben reembolsar a los padres de familia que hayan pagado el mes de marzo por adelantado. En ese sentido los colegios deben elaborar un plan de trabajo coordinado con las respectivas Ugeles.

Se anota que el Indecopi permanece atento para sumar esfuerzos y proteger y defender los derechos de los consumidores. El Indecopi recuerda que, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, sí puede sancionar a los proveedores que no respeten los precios que informan o que se pongan de acuerdo para fijarlos (concertación).

Diario El Regional de Piura
 

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