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Vie, May

Recomiendan se evalúe denuncia penal de funcionarios del Chira Piura por venta de terrenos

Piura
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ERP. Varios funcionarios y dependientes del Proyecto Especial Chira Piura, podrían ser denunciados penalmente de admitirse el Informe mediante el cual se encuentra responsabilidad en los delitos contra la Administración Pública, en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Peculado Doloso, delitos previstos y sancionados en los artículo 377° y 387° del Código Penal.

El informe enviado a la Procuraduría Regional para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, precisa que debe denunciarse a Juan Luis Silva García, Hernán Enrique Saldarriaga Girón; Manuel Vicente Eduardo León Albán; Eugenio Fidenciano Tadeo Ramos; Wilson Rolando Flores Marchan; Fernando Quispe Meléndez y Juan Francisco Tineo Salvatierra.

El presunto caso de corrupción, que envuelve por enésima vez al gobierno de Reynaldo Hilbck Guzmán, se refiere a la compra venta de terrenos eriazos que conforman los lotes denominados P2-447; P2-448; P2449; P2-450; P2-451; P2-452, P2-453; ubicados en el Sector Piura 2 con un área total de 14.000 Has, a favor de los compradores Stephan Cambell Fernandini, Kenny Leigh Arambulo, Miguel Caillaux Campbell, representados por Max William Leigh García.

El caso fue analizado en su debido momento en el Consejo Regional, el cual ordenó la individualización de las responsabilidades de estos funcionarios que dependen del Gobierno Regional y que es manejado por un directorio designado por dicha Entidad. El asunto de fondo se refiere a la venta sin tener la capacidad legal de los predios que se indican en el párrafo anterior.

El informe que recomienda derivar a Procuraduría Pública Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, a efectos que evalúe si, en el caso, resulta pertinente interponer - la correspondiente Denuncia Penal contra los funcionarios y/o servidores Proyecto del Especial Chira Piura - PECHP, como presuntos autores de los delitos contra la Administración Pública, en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Peculado Doloso, delitos previstos y sancionados en los artículo 377° y 387° del Código Penal.

El dato

uan Luís Silva García, en su calidad de Gerente General del Proyecto Especial Chira Piura, designado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 019-2015/Gobierno Regional-PR, de fecha 01 de enero del 2015, sería presunto autor de los delitos contra la Administración Pública, en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y Peculado Culposo; delitos previstos y Sancionados en los artículos 377° y 387° del Código Penal. El informe precisa la responsabilidad de todos los presuntos implicados. 

Fotografía referencial

Diario El Regional de Piura
 

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