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Mié, Abr

MEF autoriza transferencias para gobiernos regionales y locales

Lima
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó hoy tres transferencias de partidas para el año fiscal 2016 del Ministerio de Educación a favor de diversos gobiernos regionales y locales por un monto total de 413 millones 335,405 soles.

Mediante Decreto Supremo Nº 156-2016-EF se autorizó la transferencia de hasta por 236 millones 658,933 soles del pliego del Ministerio de Educación a favor de diversos gobiernos regionales y locales, para financiar la continuidad de la ejecución de 119 proyectos de inversión pública en infraestructura educativa.

Los pliegos habilitados informarán al Ministerio de Educación los avances físicos y financieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y adendas correspondientes.

Asimismo, vía Decreto Supremo Nº 157-2016-EF se autorizó una transferencia de hasta por 157 millones 526,156 soles del pliego Ministerio de Educación, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar la continuidad de los contratos del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y la continuidad de algunas intervenciones y acciones pedagógicas.

En tanto que por Decreto Supremo Nº 158-2016-EF se autorizó una transferencia de hasta por 19 millones 150,316 soles del pliego Ministerio de Educación a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios, el subsidio por luto y sepelio y la compensación por tiempo de servicios a los profesores nombrados.

En los tres casos, el titular de la entidad beneficiada aprobará mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la norma. Los recursos de las transferencias no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

 

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