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Dom, Dic

Conozca los principales cambios de la nueva Ley de Contrataciones del Estado

Política
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ERP. Tras la promulgación de la nueva Ley de Contrataciones del Estado por el gobierno, en el marco del Decreto Legislativo N° 1341, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE pone a disposición de la ciudadanía un cuadro comparativo entre la anterior Ley N° 30225 y la nueva norma legal, el mismo que busca una mayor transparencia en las decisiones de compras estatales. 

Entre las principales innovaciones, figuran las responsabilidades esenciales de los funcionarios y servidores que intervienen en los procesos de contratación (artículo 9). Descargue el siguiente enlace: goo.gl/mVEE4E

Asimismo, el artículo 11, referido a los impedimentos para contratar con el Estado de las personas naturales y/o jurídicas en el país o en el extranjero, que tengan sentencia consentida o ejecutoriada por delitos de concusión, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, delitos cometidos en remates o procedimientos de selección, o delitos equivalentes en caso estos hayan sido cometidos en otros países.

El impedimento se extiende a las personas que, directamente o a través de sus representantes, hubiesen admitido y/o reconocido la comisión de cualquiera de los delitos antes descritos ante alguna autoridad nacional o extranjera competente (inciso m).

En tanto que el inciso n establece que las personas jurídicas cuyos representantes legales o personas vinculadas que (i) hubiesen sido condenadas, en el país o el extranjero, mediante sentencia consentida o ejecutoriada por delitos de concusión, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, delitos cometidos en remates o procedimientos de selección, o delitos equivalentes en caso estos hayan sido cometidos en otros países; (iii) directamente o a través de sus representantes, hubiesen admitido y/o reconocido la comisión de cualquiera de los delitos antes descritos ante alguna autoridad nacional o extranjera competente. Tratándose de consorcios, el impedimento se extiende a los representantes legales o personas vinculadas a cualquiera de los integrantes del consorcio.

 

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