ERP. La Sala Penal de Apelaciones con funciones de Liquidadora de Sullana confirmó la condena de ocho años de pena privativa de libertad efectiva contra Eduardo Romero Ipanaqué, entrenador de vóley, por el delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una menor de edad.
Además de la pena carcelaria, el tribunal dispuso el pago de una reparación civil de 1,000 soles a favor de la víctima.
Los jueces superiores ratificaron por unanimidad la sentencia emitida en primera instancia, tras valorar los elementos probatorios presentados por la fiscalía. Entre ellos destacan las declaraciones firmes y coherentes de la menor, quien identificó al sentenciado como la persona que le realizó tocamientos en varias partes del cuerpo, así como el acta de denuncia verbal y el acta de intervención policial.
Antecedentes del caso
Los hechos ocurrieron el 12 de abril de 2024, luego de una jornada de entrenamiento. Según la investigación, el entrenador ofreció llevar a su alumna a su domicilio en Talara, pero durante el trayecto desvió la ruta hacia un callejón oscuro, donde cometió los tocamientos indebidos.
Tras la denuncia, el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria dictó prisión preventiva contra el imputado mientras avanzaban las diligencias del caso. Con esta resolución en segunda instancia, la sentencia de ocho años de prisión queda firme y deberá ser ejecutada.