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Vie, Abr

Ministerio Público impugna decisión de Juez de Sullana que libera a "Miguelito"

Sullana
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ERP. En insólita decisión, y entre irregularidades, el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Sullana, Dr. Luis E. Robles Prieto, otorgó el día de 01 de marzo del año en curso libertad a los investigados Miguel Eduardo López Zapata (a) "Miguelito", y a su primo Alexander Segundo Aponte Zapata al haber declarado fundada una solicitud de cesación de prisión preventiva.

Como se recuerda, los referidos imputados fueron detenidos el día 24 de octubre del año pasado, cuando una turba los capturó después que intentaron robar una motocar de una vivienda por inmediaciones de la Av. Champagnat (a la altura de la Discoteca Tequila); quienes fueron reconocidos por la agraviada y en su huida fueron reducidos por los transeúntes y entregados a la autoridad policial, y en aquella fecha, el Juzgado dictó 5 meses de prisión preventiva; sin embargo, luego aparecieron 5 testigos que fueron ofrecidos por el abogado defensor de los imputados, quienes han sostenido que estuvieron por el lugar de los hechos de manera circunstancial y que nunca antes habían conocido a los investigados y dieron una versión que los "limpiaron" del delito de robo; y pese a que el fiscal Alejandro Valdiviezo Carhuachinchay, del 5to Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Sullana, se opuso a la solicitud de cese de la prisión y demostró fehacientemente que las versiones de los seudos testigos eran falsas y para ello exhibió fotografías en los que aparecía el investigado "Miguelito" libando licor con los testigos; y que los otros testigos eran familiares directos de los imputados para lo cual se ofreció las respectivas partidas de nacimiento que demostraban el vinculo familiar; no obstante el Juez prefirió dar credibilidad a las versiones, pese a que era evidente que habían mentido cuanto dijeron que no conocían a los investigados.

Esta decisión ha sido apelada por el representante del Ministerio Público.

Dato:

Se tuvo conocimiento que en el presente caso, existen serias irregularidades, por cuanto la Audiencia de Cesación de Prisión Preventiva fue el día 13 de enero y recién el juez notifica la resolución de libertad con fecha 01 de marzo del 2017; sin embargo la ley establece que la decisión debe ser dada en la misma audiencia o excepcionalmente dentro de las 72 horas; pero el Juez se ha tardado 47 días.

 

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