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Dom, May

Desde el 1 de junio rigen restricciones electorales en el país

Política
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ERP. El lunes 1 de junio comenzarán a regir las restricciones electorales en todo el país con el objetivo de garantizar el adecuado desarrollo de la Segunda Elección Presidencial programada para el domingo 7 de junio, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

De acuerdo con el artículo 191° de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), desde las 00:00 horas del lunes quedará prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre resultados electorales en medios de comunicación. El incumplimiento de esta disposición puede ser sancionado con multas que oscilan entre 10 y 100 UIT, equivalentes a entre 55 mil y 550 mil soles.

Asimismo, desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio quedarán prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, conforme al artículo 190° de la LOE. La vulneración de esta norma contempla penas de cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.

Otra de las medidas será la suspensión de toda propaganda política a partir de las 00:00 horas del sábado 6 de junio. Ese mismo día también entrará en vigencia la denominada “ley seca”, que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 8:00 de la mañana del sábado hasta las 8:00 horas del lunes 8 de junio.

Según el inciso a) del artículo 390° de la LOE, incumplir la restricción sobre expendio de alcohol puede derivar en penas de hasta seis meses de prisión y multas superiores a los 3 mil soles.

Durante la jornada electoral del domingo 7 de junio también estarán prohibidos los espectáculos públicos, tanto al aire libre como en recintos cerrados, además de reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de las mesas de sufragio, entre las 7:00 a. m. y 5:00 p. m.

El JNE informó que sus fiscalizadores realizarán operativos en distintas regiones del país para supervisar el cumplimiento de las normas y garantizar un proceso electoral transparente y ordenado.

Diario El Regional de Piura
 

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