ERP. El Congreso de la República estará conformado por una amplia mayoría fujimorista, y lo tendrá no por la voluntad popular, sino por el imperio de una ley, que determina la forma y modo como se definen los cupos parlamentarios de un total de 130. Lo lógico sería si alguien logra más del 50% de los votos reales, le correspondería igualmente más del 50% de los cupos y en ese caso estaría justificado; pero no es el caso y las razones son legales.
Una democracia debe evitar las distorsiones y si es representativa garantizar que todas las expresiones válidamente emitidas mediante los votos, se encuentren reflejados en este caso, en el Congreso de la República. Sin embargo, esta premisa no es así y al contrario ha concentrado en una sola organización más cupos de los que la población decidió realmente.
Existen dos normas que facilitan el beneficio de unos en perjuicio de otros. El primero tiene que ver con los votos válidamente emitidos, concepto que se interpretó para las elecciones de 1985. Significa que para obtener el porcentaje de una organización o partido, se sustraen los votos blancos y viciados y por lo tanto, lo que realmente es deja de serlo.
Al momento de su aplicación, se tuvo en consideración que para ser elegido presidente de la República se requerían más del 50% de los votos; de haberse considerado los votos blancos y viciados era imposible lograrlo. Frente a ello, se encontró la argucia de interpretar el artículo de la Constitución que decía “El Presidente de la República es elegido por sufragio directo, y por más de la mitad de los votos válidamente emitidos”.
En concepto para los legisladores, los votos válidamente emitidos son solo los que se inclinan por un determinado partido u organización y consideran como no válidos los blancos y los viciados. La cuestionada norma, obvia que al concurrir a las urnas, realizar su cola, esperar con paciencia, depositar su voto, se está manifestando la voluntad popular del elector.
Para los legisladores del momento, si alguien decidió dejar su voto en blanco se le envia al cesto, porque simplemente no es "válidamente emitido"; e igual sucede con los viciados.
Esta es la primera distorsión de la voluntad popular y la causante que una organización tenga mucho más representantes de lo que realmente le corresponde.
El segundo aspecto, tiene que ver con la valla electoral y su aplicación se considera para las elecciones congresales. Un partido o una organización para tener representación debe lograr más del 5% de los votos válidamente emitidos (Sin considerar blancos y viciados); de tener un porcentaje menor simplemente no ingresa a la distribución, en perjuicio de los miles que votaron por esa propuesta. Segunda distorsión de la voluntad popular.
Después de sustraer los votos blancos y viciados se aplica la cifra repartidora. En el camino, quedan los que no lograron menos del 5% del total de los electores, los cuales en términos muy sencillos y democráticos significa que su “voz no vale” y se convierten de esa manera en ciudadanos sin voz ni representación.
Para dar argumento a esta distorsión se usa mucho lo que acontece en las Municipalidades donde el ganador de las elecciones, tiene derecho a lograr más de la mitad del Concejo Municipal bajo el supuesto que le garantiza la gobernabilidad. En caso que su mayoría sea relevante, se usa la cifra repartidora, lo que le podría beneficiar si su resultado es alto.
Pero, no se puede usar un argumento municipal para justificar un tema nacional. El Congreso de la República debe incorporar a todos los sectores sociales del país, y no puede discriminar. Igualmente es un poder del Estado, con funciones y competencias propias y su ejercicio, si bien es cierto implican al Estado Peruano en su conjunto son independientes del Poder Ejecutivo. Con las normas que comentamos, simplemente se está negando la participación de las minorías y la postergación de sectores sociales que necesitan representación.
Evidentemente, y como sucede en la mayor parte de los parlamentos del mundo, donde rige la representación, los consensos son fundamentales para decidir políticas y lograr acuerdos. Pero llegar a consensos, implica un ejercicio de persuasión no tan fácil; y para los legisladores peruanos no ha primado la necesidad de un consenso real, sino de eliminar al pequeño para que no tenga representación.
Observamos en esta elección que Fuerza Popular tendrá mayoría en el Congreso de la República. En términos sencillos, pueden hacer lo que se les antoja sin tener legitimidad social y solo amparados en la legitimidad legal que les da una norma totalmente cuestionada y que se evidencia con una distribución indebida e injusta en una democracia.
En un ejercicio sencillo, considerando que los peruanos que votaron fueron 17´524,585 equivalente al 81.97% del total de los votantes, para obtener una mayoría parlamentaria se requeriría más de la mitad de esta cifra, es decir más de 8 millones 700 mil votos. Pero la norma no se aplica con porcentajes reales y para la distribución de parlamentarios se les sustrae los votos blancos y viciados, lo que modifica sustantivamente el voto de los peruanos.
Es posible que Fuerza Popular logre 73 parlamentarios de los 130 que constituyen el total del Congreso de la República. La votación obtenida es de 4’ 206, 756; es decir casi el 25% de los votos reales. ¿Cómo un partido puede tener más del 50% de los parlamentarios, si solo logró un magro porcentaje en las urnas?. Las explicaciones están dadas en las normas que mencionamos.
Si tomamos en consideración lo sucedido en el departamento de Piura. En este caso, la cifra repartidora beneficia ampliamente a Fuerza Popular; no por haber sacado más de la mitad de los votantes, sino por el imperio de una ley que perjudica a las minorías.
Veamos, en Piura votaron el 10 de abril 1´040,647 electores; los votos blancos son 149,218 y los votos nulos 216,425; por Fuerza Popular han votado 339,439, es decir menos del 50% del total de los votantes piuranos. Entonces ¿Cómo pueden lograr 5 de los 7 cupos congresales que tiene Piura?. La respuesta es sencilla, por normas electorales que perjudican a las minorías y dejan sectores sociales sin representación.
Es decir, tres organizaciones que en total solo lograron 492,561 votos, alzan con el 100% de las curules, dejando más del 50% en el limbo democrático.
Estos aspectos y otros, deberá contemplar una reforma política del país. Evidentemente, para impulsar y promover una mayor legitimidad social se requiere un Congreso de la República legitimado socialmente por una mayoría que represente a todos los sectores sociales del país; situación que no se corresponde con la realidad futura.
Por lo tanto, y sin ánimo de ser pesimista, creemos que la reforma política anunciada, que reconozca a las minorías electorales, que elimine distorsiones contra las minorías, que obligue al consenso de país, seguirá siendo una agenda de plaza pública, antes que una agenda del Congreso de la República.
@albertoboreao La democracia representativa debe ser expresión fiel de la decisión de las urnas. La cifra repartidora margina a las minorías y beneficia a las mayorías relativas. Corregir, ¿mucha dispersión?, si, pero es preferible a tener más de 70 cupos con solo el 33% de votos pic.twitter.com/OCT60pTG7x
— Andrés Vera Córdova (@andresveracordo) 22 de diciembre de 2017