Un Juez de Paz está facultado para dictar medidas de protección, pero debe informar al juez de Familia de inmediato
ERP. Un juez de paz está facultado para emitir las medidas de protección en los casos de violencia familiar, pero tendrá que comunicar en forma inmediata al juez de Familia y debe tener en cuenta la ficha de valoración de riesgo, siendo finalmente este magistrado quien valide sus actos.

