ERP. Si bien el Estado debe proteger y asistir a los niños o niñas que estén en forma temporal o permanente privados de su medio familiar, se debe preferir la integración en familia extendida, en su defecto, en familia de acogida y como último recurso su ingreso a un centro residencial, según el sustento conceptual de la Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Piura Dra. Cecilia Morán Morales de Vicenzi.