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Sáb, Abr

Contratación para ejecución de obras de reconstrucción será más ágil con nuevo procedimiento especial

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ERP. El reglamento reduce de 30 días hábiles en promedio, a un máximo de 18 días hábiles, el tiempo desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato. La Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC) emitió el Reglamento de la Ley N° 30556, Ley para la Reconstrucción con Cambios, la misma que fue modificada mediante el Decreto Legislativo N° 1354 con el objetivo de acelerar la ejecución de obras de infraestructura en las zonas afectadas por el Fenómeno de El Niño Costero.

Este reglamento crea el Procedimiento de Contratación Pública Especial que reduce los plazos para el desarrollo de los componentes del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios.

Con este procedimiento, las entidades ejecutoras tienen un plazo máximo de 30 días para convocar el proceso de selección, contados desde la incorporación de recursos en sus presupuestos institucionales.

Asimismo, el reglamento reduce de 30 días hábiles en promedio, a un máximo de 18 días hábiles, el tiempo desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato.

De esta manera, se fija un plazo de 8 días hábiles desde la convocatoria hasta la presentación de las ofertas. La evaluación de dichas ofertas y el otorgamiento de la buena pro, en el mejor de los casos, será en un solo día. En el caso que no se presenten apelaciones en los siguientes 5 días hábiles, se procederá a la firma del contrato dentro de los 5 días hábiles.

El reglamento establece el uso de bases estándar y un procedimiento ágil para el trámite de los recursos de apelación. Si ahora la resolución de una apelación puede tomar hasta 3 meses, con la nueva normativa la apelación será resuelta en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Una novedad del reglamento es la incorporación de una fase previa al procedimiento de selección denominada Expresión de Interés. Con este esquema, las entidades difunden y publican sus necesidades de contratación para que proveedores nacionales y extranjeros manifiesten su interés. Es en esta etapa donde se desarrollar y se absuelven las consultas técnicas referidas a dichas necesidades.

Además, las entidades absuelven las consultas técnicas en reuniones presenciales con los proveedores, suscribiendo un acta que pone fin a esta fase, iniciándose los actos preparatorios y la fase de selección.

“Con este procedimiento tendremos procesos más ágiles que permitirán recuperar prontamente la infraestructura pública dañada por el Fenómeno de El Niño Costero y los servicios que brindan estas infraestructuras”, afirmó el director ejecutivo de la ARCC, Edgar Quispe Remón.

Simplificación de procesos

Este reglamento, forma parte de los cambios a la Ley N° 30556, realizados mediante el Decreto Legislativo Nº 1354, que estableció un nuevo marco normativo que simplifica y reduce un conjunto de procesos, estudios, permisos y trámites que hoy deben cumplir las unidades ejecutoras a cargo de las intervenciones.

Estas modificaciones apuntan a reducir en 13 meses en promedio, la ejecución de un proyecto, desde su inicio hasta su culminación.

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