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Sáb, Abr

SIS modifica normas para flexibilizar el uso de los fondos por los establecimientos de salud a nivel nacional

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ERP. Se podrá contratar servicios de personal médico especializado y reparar ambulancias. Como resultado del diálogo sostenido con los representantes de los establecimientos de salud, el Seguro Integral de Salud (SIS) modificó su normativa interna con el propósito de disminuir las restricciones en el uso de los fondos transferidos en todos los establecimientos del país.

Las mejoras hechas permitirán, por ejemplo, la contratación de personal médico general y especializado, de enfermería y técnico para la atención de los asegurados SIS. Con la anterior directiva, estas contrataciones estaban restringidas.

Otro de los impactos positivos es la posibilidad que tendrán los establecimientos de salud de utilizar los montos transferidos para la reparación de ambulancias y mantenimiento de equipos, lo cual se encontraba prohibido a pesar de las múltiples demandas del personal médico y de los asegurados quienes no podían ser trasladados debido a que las ambulancias se encontraban inoperativas.

Los ajustes realizados por el SIS, también permitirán que los establecimientos de salud puedan usar los recursos transferidos en la reparación de equipos médicos como tomógrafos, ecógrafos, equipos de rayos x etc. Pueden también adquirir equipos siempre que su tiempo de vida útil sea no mayor a un año.

Necesarias mejoras

El SIS está dando todas las facilidades para que los médicos puedan atender de la mejor manera a los asegurados. La norma se logró gracias al diálogo con los establecimientos y hospitales, producto de lo cual surgió la Resolución Jefatural N° 135-2017/SIS que fue publicada en el diario oficial El Peruano el martes 4 de julio de 2017.

El SIS se encuentra capacitando a su personal en todo el país, respecto de estos importantes cambios con el propósito de informar a los establecimientos y facilitar la ejecución de estas nuevas medidas.

Las modificaciones realizadas podrán ser ejecutadas por todos los establecimientos de salud de las regiones y de Lima, y es aplicable para todos los convenios firmados durante el 2017, cualquiera sea su modalidad (capitado o pre-liquidado), e inclusive en el caso de aquellos que firmaron convenio antes de la aprobación de estas modificaciones.

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